Lineamientos de la OCDE (Guidelines) para empresas multinacionales
Tal como lo define el documento de OCDE, “las líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales son recomendaciones dirigidas por los gobiernos a las empresas multinacionales. Enuncian principios y normas voluntarias para una conducta empresarial responsable compatible con las legislaciones aplicables” .
Los lineamientos de OCDE (Guidelines for Multinational Enterprises) fueron adoptados en 1976 y revisados en 2000. Esta última revisión llevo a adoptar procesos más detallados, los cuales incorporaron los elementos base - económico, social y ambiental - de una agenda de desarrollo sustentable.
Estos lineamientos tienen como propósito fundamental “fomentar las contribuciones positivas al progreso económico, medioambiental y social que pueden tener las empresas multinacionales, y reducir al mínimo las dificultades que causar sus diversas actividades”, a través de diferentes actores de la sociedad que desarrollan actividades a favor de estas contribuciones. Como las empresas multinacionales tienen operaciones en todo el mundo, los gobiernos incentivan a que las empresas adopten estos lineamientos en todos los territorios donde operan.
Internamente, las multinacionales han estado constantemente haciendo análisis estratégicos de sus negocios para enfrentar los desafíos que encuentran a nivel global; llevando así la aplicación de estas estrategias en acciones y conductas mas especificas, empleando de esta manera sus prácticas de mejoramiento continuo a través de capacitación, certificaciones, y dando ejemplo de competitividad y buena conducta a otros negocios. Esta sinergia, permite que los Lineamientos de la OCDE se complementen entre sí.
Estos lineamientos comparten los valores entre gobiernos que son los recursos de la mayoría del flujo de la inversión directa de los países y el país de origen de la mayoría de las empresas multinacionales
Firmado por los 30 países miembros de OCDE y Argentina, Brasil, Chile, Egipto, Estonia, Israel, Letonia, Lituania, Rumania y Eslovenia como países adyacentes.
Adicionalmente, los Lineamientos de la OCDE han contribuido al desarrollo de documentos de Derechos Humanos mencionados anteriormente , como son: 1) el Convenio para la Lucha contra la Corrupción de Agentes Públicos Extranjeros en Operaciones Empresariales Internacionales y de los Principios de la OCDE de Gobierno Empresarial, 2) las Directrices de la OCDE sobre la Protección de los Consumidores en el contexto del Comercio Electrónico y 3) los trabajos en curso relacionados con las Directrices del la OCDE sobre Precios de Transferencia para Empresas Multinacionales y Administraciones Fiscales.
Los lineamientos de la OCDE que deben seguir las empresas multinacionales firmantes son:
Con respecto al tema de Publicación de Informaciones, al igual que los Principios de Ecuador, las empresas deben publicar la información donde se presenten los lineamientos de una forma “puntual, periódica, fiable y relevante”. Deben aplicar estrictas normas para su publicación e implementación en sus actividades, incluyendo específicamente reportes sociales y ambientales.
Como empresa firmante de los Lineamientos de la OCDE, deberá divulgar información detallada de la empresa significativa como es la información institucional (valores, estructura,), así como información financiera y operativa. Adicionalmente se incentivan para que comuniquen información de la empresa como son normas, políticas, estructura, sistemas de información y gestión de riesgos, normas, políticas, sistemas de información y gestión de riesgos, relación con los empleados y terceros interesados en las operaciones de la empresa.
Con respecto al tema Empleo y Relaciones Laborales, deberán respectar los derechos humanos relacionados con el trabajo como es el derecho a la asociación, la no explotación infantil, a la no discriminación y al trabajo forzoso y garantizar la información necesaria para los trabajadores y garantizar el bienestar y las condiciones de salud en el trabajo.
Por su naturaleza de empresa multinacional, deberá también contratar a personal local donde se ha instalado y notificar con suficiente tiempo de antelación cambios cese de actividades o despidos masivos. Tampoco podrá amenazar sobre despidos cuando se unan para negociar términos laborales y se encuentren en negociaciones la empresa con el personal.
Con respecto al tema de Ambiente, las empresas firmantes deberán considerar “los acuerdos, principios, objetivos y normas internacionales relevantes” del país en que operan “la necesidad de proteger el medio ambiente, la salud y la seguridad pública” y que en general contribuyan al objetivo más amplio que es del desarrollo sostenible.
Las empresas firmantes deberán “establecer y mantener un sistema de gestión ambiental” donde se recoge y se evalué los impactos, se fijen metas cuantificables para mejorar los impactos, y llevar un control y seguimiento a las mismas.
Adicionalmente, y teniendo en cuenta la confidencialidad empresarial y la protección intelectual de las actividades de la empresa, deberán informar a los ciudadanos y trabajadores los impactos generados - en salud, ambiente y seguridad - por la empresa; y realizar actividades de comunicaciones y consulta con las comunidades directamente afectadas por la actividades de la empresa.
Para este tema, la empresa deberá puntualmente “evaluar y tener en cuenta” las decisiones que se tomen sobre los productos y servicios de la empresa durante todo su ciclo de vida, y cuando estas tengan efectos significativos, deberán ser consultados para la decisión con organismos competentes.
Cuando los riesgos al ambiente, salud o seguridad son significativos, se deberá “abstener de utilizar la falta de certeza científica plena como motivo para aplazar medidas eficientes en términos de costes para impedir o minimizar dicho daño”. Igualmente se deberán tener planes de emergencia en caso de que se genere algún impacto.
Las empresas deberán buscar constantemente la mejora a estos resultados ambientales, a través de tecnología, desarrollo de productos, sensibilización de los clientes con respecto al impacto de los productos, o la investigación. Deberán igualmente suministrar la formación a los empleados para el adecuado manejo operacional.
Por último, las acciones que deberán llevar a cabo las empresas multinacionales y que están relacionadas con el tema ambiental, es colaborar y participar con la política pública que estén relacionadas con tema de ambiente, salud y seguridad.
En el tema de Corrupción, las empresas no deberán “ofrecer, prometer, dar ni solicitar” pagos para obtener beneficios a sus propios intereses. Así mismo no podrán ofrecer pagos, ni contribuciones ilícitas a candidatos públicos y deberán mejorar la transparencia de sus actividades, fomentar entre los trabajadores las políticas de anticorrupción de la empresa, llevar un sistema de gestión para su control y seguimiento.
En el tema de Intereses de los Consumidores, las empresas deberán “actuar siguiendo unas prácticas comerciales, de marketing y publicitarias justas” y garantizar que los productos y servicios que ofrecen proporcionan calidad y seguridad a sus consumidores. Para esto, la empresa deberá proporcionar que cumplen con las normas de seguridad y proporcionan la información adecuada y exacta, llevar procedimientos para recibir quejas, sin omitir información, respectar la intimidad de los consumidores, y colaborar con las autoridades cundo existan amenazas a la salud.
En el tema de Ciencia y la Tecnología, las empresas deberán garantizar que todas las operaciones realizadas estén acorde con la tecnología del país donde operan, adoptar la practicas para la transferencia rápida de la ciencia y tecnología, y llevar a cabo actividades de este tipo en caso de que se requiera, al igual que involucrar a personal para este desarrollo, y para conceder licencias para la explotación de los derechos de propiedad intelectual, se hará en condiciones razonables y que contribuya en el largo plazo al país donde se están desarrollando. Por último, cuando sea relevante, desarrollar lazos de cooperación con universidades y centros de investigación locales.
En el tema de Competencia, las empresas deberán actuar de forma competitiva de acuerdo a las disposiciones legales y normativas. Deberá desarrollar todas sus actividades teniendo en cuenta y que sean compatibles con la legislación en países que puedan verse afectados por las actividades de la empresa; cooperar con el gobierno para la defensa de las competencias y fomentar entre los empleados la importancia de seguir estas reglas para la defensa de la competencia.
En cuanto al tema de Fiscalidad, las empresas deberán pagar oportunamente las deudas que tengan con el estado, cumpliendo concretamente con las disposiciones legales y reglamentarias de carácter fiscal de todos los países en los que ejercen su actividad.